¡Movida en Zaragoza!

Buaaah! Si eres habitante de la ciudad y estás al tanto más o menos de la situación, seguro que han llegado a tus oídos (u ojos) noticias sobre la nueva Ordenanza de Movilidad Urbana publicada el 21 de agosto de este año, 2024. Resumiendo el texto en los puntos más importantes de la misma:
Patinetes eléctricos o Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y algunas observaciones en cursiva:

  • Para conducir un VMP se deberá tener dieciséis años o más.
  • Los conductores de VMP deberán hacer uso obligatorio de un casco para bicicleta homologado o de superior protección. El casco deberá portar luz o elementos reflectantes (menos mal que no dice homologados, así unas pegatinas reflectantes sirven).
  • Para conducir un vehículo VMP se dispondrá de la correspondiente garantía de responsabilidad civil mediante un seguro específico para la circulación de estos vehículos que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o en su defecto un seguro de hogar que cubra esta contingencia. El conductor del VMP deberá portar copia de la póliza en soporte papel o soporte informático (según esto, puedes llevar la póliza en un PDF dentro de una memoria USB o una microSD).
  • Los vehículos VMP deberán circular con los dispositivos de iluminación delantera y trasera homologados encendidos a cualquier hora del día o de la noche.

Bicicletas:

  • Queda expresamente prohibido a quienes conduzcan ciclos o bicicletas arrancar o circular con el vehículo apoyando una sola rueda (¿esto era necesario?).
  • El uso del casco en los conductores de bicicleta estará a lo dispuesto en la normativa estatal vigente (la cual dice que…).
  • Para conducir una bicicleta se dispondrá de la correspondiente garantía de responsabilidad civil mediante un seguro específico para la circulación de estos vehículos que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o en su defecto un seguro de hogar que cubra esta contingencia. El conductor de la bicicleta deberá porten (¿cómor?) copia de la póliza en soporte papel o soporte informático.
  • Las bicicletas deberán circular con los dispositivos de iluminación delantera y trasera homologados encendidos a cualquier hora del día o de la noche o en su defecto elementos reflectantes delanteros y traseros.
  • En circulación nocturna será obligatorio el uso de luces delantera y traseras encendidas ( ¿hay diferencia entre luces y dispositivos de iluminación?) y se recomienda el uso de prendas reflectantes dentro de poblado y se recuerda su obligatoriedad cuando se circule por vías fuera de poblado.

Con lo fácil que se pueden redactar las cosas para que el ciudadano de a pie las entienda con facilidad, más hoy en día que cuentas con herramientas vinculadas a la IA, o se pueden buscar textos similares sin mucha dificultad en la Web. Dejo un ejemplo de una intención similar desde el Ayuntamiento de San Juan del Puerto (Huelva) que resumen en un cartel bien claro:

No lo pongo para comparar, sino para ver que aunque haya un texto reglamentario y legal detrás, de cara su comprensión sin ambigüedades y puesta en práctica, es de mucha ayuda. En este caso la iniciativa viene del concejal de Seguridad Ciudadana para proteger a la ciudadanía y evitar que estos vehículos se conviertan en un riesgo.

Luces y casco

Lo primero, soy usuario de bicicleta (80%) y VMP (20%) y salvando lo del seguro de RC (Responsabilidad Civil) es la parte más difícil de entender. ¿Por qué los VMP que como máximo llegan a 25km/h deben llevar el casco y las bicicletas que pueden circular por encima de esa velocidad, con mínimo un freno mecánico y además poder circular por calzadas con dos carriles por sentido de circulación incluso cuando uno es carril BUS/TAXI lo dejan a merced de la normativa estatal vigente? Un ejemplo: Avenida de Madrid sentido Los Enlaces o Conde Aranda hacia el Portillo, para quien busque emociones fuertes. Eso sí, en ambos casos por el carril izquierdo y en bici.
Las luces encendidas día y noche obligatorio para VMP y cuando parece que va a ser lo mismo para las bicicletas el texto se retuerce en dos párrafos (ver más arriba), y ya no son obligatorias por el día pues pueden ser sustituidas por reflectantes. Ya sin hacer mención a situaciones de escasa visibilidad como tormentas, ahí imagino que tiene que aplicar el «sentido común».

Seguro de RC

Sinceramente, es la parte que más «dolor» ha causado y para mí es la menos relevante de todo esto, al fin y al cabo puedes tener ya tu seguro de RC por el seguro del hogar (buen momento para ver lo que te ofrece tu seguro, ya sea de paso) o lo contratas por menos de 40€/año (OMG!!!!!!) y tienes un servicio extra por si le rompes un retrovisor a un Tesla. No voy a entrar a valorar las manifestaciones, quejas ni las discusiones en grupo en diferentes formatos para ver quién consigue el seguro más barato.

Nada más. Poneos el casco siempre, por favor.

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